El especialista analizó el caso de María Verónica Michell y sostuvo que el Ejecutivo ya no tiene facultades sobre una candidatura judicial enviada al Senado.
La decisión del Gobierno nacional de solicitar el retiro del pliego de la jueza postulada para el Tribunal Oral Federal N.º 3 de La Plata, María Verónica Michell, abrió una nueva discusión sobre los límites constitucionales del Poder Ejecutivo en el proceso de designación de magistrados.
En Última Pregunta, dialogamos con el Dr. Andrés Gil Domínguez, abogado constitucionalista, quien sostuvo que la medida contradice el procedimiento previsto por la Constitución Nacional y aseguró que, una vez que una candidatura judicial ingresa al Senado, el Ejecutivo ya no tiene facultades para dar marcha atrás.
"Cuando el presidente elige un candidato o candidata, pasa al Senado. Esto ya está en el Senado, no tiene ninguna posibilidad de retirarlo", afirmó.
El especialista explicó que la designación de jueces atraviesa distintas etapas y señaló que "la persona que llega al Senado y es candidato o candidata tiene el derecho a que el Senado trate su tema y apruebe o desapruebe su pliego".
El abogado también se refirió a las versiones periodísticas que vinculan la decisión oficial con la relación familiar de la magistrada con un periodista que mantiene una postura crítica hacia el Gobierno. De confirmarse esa motivación, advirtió que podría interpretarse como una forma de presión indirecta sobre la prensa.
"Si una persona no puede ser juez por ser familiar o allegada de un periodista crítico, eso puede funcionar como un mecanismo de censura previa y directa", señaló.
Consultado sobre cuál habría sido el camino institucional adecuado si el oficialismo no estaba de acuerdo con la candidatura, respondió que la discusión debía darse dentro del Senado, órgano encargado de aprobar o rechazar los pliegos de los postulantes a cargos judiciales.